Micelio
Auto28 de marzo de 2000

A- de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante David Leonardo Gutierrez

Tema · dato duro
Examen De Expediente De Tutela. Sentencia T-179/00.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acceso A Expediente De Tutela En Revision Con Reserva Medica
  • Excepción a persona diferente a partes y apoderados
Acceso A Expediente De Tutela
  • Expedición de copias a partes y apoderados
  • Partes y apoderados
Acción De Tutela
  • Proceso inter partes
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó informar al Gerente de la Empresa Promotora de Salud del ISS, Seccional Cundinamarca, que si bien el ciudadano de la referencia no ostenta la calidad de parte o apoderado en el proceso, se le permitirá el acceso al expediente mientras éste se encuentre en las dependencias de la Corte Constitucional, en atención al interés de esa entidad de permitirle el conocimiento del proceso al mencionado funcionario.

Sin embargo, el mencionado profesional no podrá obtener copias del expediente, toda vez que sólo se permite el acceso al expediente a quienes acrediten la calidad de partes o apoderados, y no a quienes de una u otra forma intervinieron en el proceso, pero sin ostentar dicha calidad, como es el caso del abogado en mención.

Se advierte que de no encontrarse el expediente en esta Corporación, el interesado deberá dirigirse al Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, juez de primera instancia en esta acción de tutela de la referencia, para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. RESUELVE
  2. Primero. INFORMAR al ciudadano Carlos Mario Ramírez Ramírez, Gerente de la Empresa Promotora de Salud del ISS, Seccional Cundinamarca, que si bien el ciudadano Ricardo Cuervo Peñuela no ostenta la calidad de parte o apoderado en el proceso, se le permitirá el acceso al expediente mientras éste se encuentre en las dependencias de la Corte Constitucional, en atención al interés de esa entidad de permitirle el conocimiento del proceso al mencionado funcionario. Sin embargo, el mencionado profesional no PODRA obtener copias del expediente, por las razones indicadas en la parte motiva de esta decisión. De no encontrarse el expediente en esta Corporación, a la fecha de esta providencia se le deberá INDICAR al ciudadano Carlos Mario Ramírez Ramírez que el señor Ricardo Cuervo Peñuela deberá dirigirse al Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, juez de primera instancia en esta acción de tutela de la referencia, para lo de su competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.